Nuevas disposiciones penales sobre minería ilegal entran en vigencia

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El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Legislativo N.º 1695, publicado en El Peruano el 20 de enero de 2026 mediante el Dispositivo N.º 2478557-2, que modifica el Código Penal peruano (Decreto Legislativo N.º 635) con el objetivo de fortalecer las sanciones y ampliar la tipificación de delitos relacionados con la minería ilegal.

Objetivo de la norma

El Decreto Legislativo tiene por objeto reforzar las herramientas legales para la prevención, investigación y sanción efectiva del delito de minería ilegal, atendiendo a la creciente preocupación por los impactos ambientales, sociales y económicos que genera esta actividad ilícita en diversas zonas del país.

Modificaciones principales

Las modificaciones introducidas al Código Penal incluyen:

  • Artículo 307-A (Delito de minería ilegal): Establece penas de 5 a 8 años de prisión y multa para quien realice actividades de exploración, extracción, explotación o beneficio minera sin la debida autorización administrativa, o fuera del proceso de formalización, que cause o pueda causar perjuicio al ambiente o la salud.
  • Artículo 307-E (Tráfico ilícito de insumos y maquinarias): Sanciona con 6 a 9 años de prisión y multa a quien adquiere, comercializa o transporta insumos químicos o maquinarias destinados a actividades de minería ilegal.
  • Artículo 307-F (Tráfico ilícito de minerales): Impone pena similar a quien manipule, transporte, comercialice o exporte minerales provenientes de actividades mineras no formalizadas.
  • Incorporación del Artículo 307-G: Se prevé la inhabilitación para obtener concesiones mineras o desarrollar actividades relacionadas, como consecuencia de estas conductas delictivas.

Marco legal y eficacia

El Decreto Legislativo N.º 1695 se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas al Poder Ejecutivo por la Ley N.º 32527, que permite legislar en materia de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad organizada, en línea con la Constitución Política del Perú y con el objetivo de dotar al Estado de herramientas más eficaces frente a la minería ilegal y sus redes criminales.

La norma también restituye la competencia de las fiscalías especializadas para abordar de manera integral estos delitos y habilita el uso de técnicas especiales de investigación, reforzando así la respuesta penal del sistema de justicia.

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