La Autoridad de Fiscalización Ambiental (OEFA) aprobó la Resolución N.º 00007-2026-OEFA/PCD, publicada el 23 de enero de 2026 en el Diario Oficial El Peruano, mediante la cual se adecua el cronograma de habilitación para el ingreso y uso del Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental (IMA) y se dictan otras disposiciones relacionadas con este instrumento digital de gestión ambiental.
¿Qué es el Módulo IMA?
El Módulo de Registro de Informes de Monitoreo Ambiental (IMA) es una plataforma digital administrada por OEFA que permite a los titulares de obligaciones ambientales registrar y presentar sus informes de monitoreo ambiental en cumplimiento de la normativa vigente. Este sistema forma parte de los esfuerzos por modernizar los mecanismos de reporte, trazabilidad y fiscalización ambiental en sectores económicos regulados, incluida la minería.
Adecuación del cronograma
La resolución modifica las fechas y plazos del cronograma de implementación del Módulo IMA, con el objetivo de dar más tiempo a las entidades obligadas para habilitar sus accesos y familiarizarse con el uso de la herramienta de forma integral. Estas adecuaciones responden a la necesidad de asegurar que los usuarios puedan cumplir con los requerimientos técnicos y administrativos antes de la fecha de obligatoriedad del reporte digital.
Según lo establecido, la adecuación del cronograma contempla etapas específicas para el registro de usuarios, capacitación, pruebas de uso y entrada en operación formal del sistema, con plazos ajustados para que los administrados dispongan de herramientas y soporte necesarios.
Objetivo y efectos de la norma
La modificación del cronograma se orienta a facilitar el cumplimiento de obligaciones ambientales por parte de las empresas y proyectos sujetos a fiscalización, reduciendo riesgos de incumplimiento por razones exclusivamente tecnológicas o de adaptación al sistema electrónico. Asimismo, busca consolidar el uso del Módulo IMA como referencia única para la presentación de informes de monitoreo ambiental, mejorando la eficiencia de la gestión ambiental y los procesos de supervisión de OEFA.
Con esta resolución, OEFA refuerza su papel como organismo de supervisión ambiental, promoviendo la transparencia, la digitalización de procesos y la formalización del cumplimiento de obligaciones ambientales, tanto en el sector minero como en otras actividades económicas reguladas por la legislación ambiental peruana.